Por Decreto Calafate toma nuevas medidas de Control
Compartimos las nuevas medidas adoptadas en base al decreto 295/2020:
Suspéndase toda actividad comercial y de servicios, culturales, sociales, de culto y reuniones de cualquier índole con excepción de: Supermercados; comercios de proximidad que abastezcan de productos básicos; productos de limpieza; farmacias; estaciones de servicios; bancos; obra pública y privada; jardinería; panaderías.
Servicios veterinarios; ferreterías, canteras y corralones de materiales;
Con guardias mínimas:Gestión administrativa y cobros; oficinas y agencias de gestión administrativa y cobros con guardias mínimas; compañías de seguros con guardias mínimas para gestión administrativa y cobros; Correo y paquetería; cerrajería; fumigaciones; transportes de carga; abastecedores de alimentos, combustible, medicamentos, elementos de limpieza y otros productos esenciales.
Remisses con guardias mínimas.
Administración pública con guardias mínimas de servicios esenciales.
Medios de comunicación; empresas de servicios esenciales y básicos, telecomunicaciones -sean de capital público o privado, cooperativas y de cualquier otra índole.
Todas las actividades habilitadas para realizar atención al público de manera presencial deberán cerrar sus puertas a las 20 HS. (8 a 10 hs grupos de riesgo).
Delivery y venta online o telefónica:de alimentos elaborados y bebidas, bazar, viveros, jugueterías, insumos informáticos y de celulares, mueblerías, electrodomésticos, mercerías, tiendas de ropa y calzado, casas de repuestos, desarmaderos, y artículos de librería.
Con turnos previos:Servicios de salud públicos y privados que no atiendan enfermedades respiratorias con turno previo; laboratorios de análisis clínicos; gomerías, talleres mecánicos, lubricentros, lavaderos, con turno previo y a puertas cerradas.