Juez falla a favor de amparistas y ordena a Parques Nacionales cumplir con los estudios de impacto ambiental
El juez federal de Río Gallegos, Dr. Claudio Vázquez ordenó a la Administración de Parques Nacionales (APN) suspender la apertura de un sendero en la zona del Río Eléctrico, en El Chaltén, hasta que se realicen los estudios de impacto ambiental y se obtengan las autorizaciones correspondientes. El fallo es en respuesta a un amparo presentado por vecinos de El Chaltén.
La polémica por la apertura de un nuevo sendero en la zona del Río Eléctrico, en el Parque Nacional Los Glaciares, sumó un nuevo capítulo con el fallo del Juzgado Federal de Río Gallegos, que ordenó a la Administración de Parques Nacionales (APN) suspender cualquier trabajo en la zona hasta tanto se cumplan los requisitos legales y ambientales.
La decisión judicial, que responde a un recurso de amparo presentado por vecinos de El Chaltén, pone en tela de juicio la actuación de la APN y reabre el debate sobre el equilibrio entre el desarrollo turístico y la protección del medio ambiente en la región.
Como viene informando Ahora Calafate, la controversia se desató a mediados de marzo de este año a raíz del inicio de trabajos de apertura de un sendero en la zona del valle del Río Eléctrico. Vecinos reaccionaron frente a la tala de unos ejemplares juveniles de lengas. Hicieron una manifestación y le reclamaron al entonces presidente de APN, Cristian Larsen, quien en esos días visitaba la zona.
El reclamo es que el trabajo se inició sin contar con la autorización previa y sin realizar el correspondiente estudio de impacto ambiental (EIA).
La defensa de Parques Nacionales
Ante la denuncia, la APN argumentó que la obra de apertura del camino se realizó dentro de sus facultades legales, que no se produjo un daño ambiental significativo y que no se requería una Evaluación de Impacto Ambiental, ya que se trataba de una intervención de escasa entidad y en un área ya destinada al uso turístico.
Además, la APN cuestionó la legitimidad de los amparistas para presentar la demanda, argumentando que no sufrían un perjuicio directo y concreto derivado de la obra.
FUENTE: AHORACALAFATE